Cuando una persona se pone de baja, la Seguridad Social le paga una parte de su sueldo, no todo. Esa diferencia es la razón de ser del seguro de baja laboral: una póliza privada que abona una cantidad extra mientras no puedes trabajar por enfermedad o accidente.

En esta guía te explicamos cuánto cubre la prestación pública, qué cubre un seguro privado, cuánto puede costar y cómo contratarlo si eres autónomo, asalariado o empresa.

¿Qué es un seguro de baja laboral?

Un seguro de baja laboral es un contrato privado que paga una indemnización a la persona asegurada cuando una enfermedad o un accidente le impide trabajar temporalmente. Se trata de una cantidad compatible con la prestación de la Seguridad Social, de modo que ambas cantidades se suman sin que el subsidio público se reduzca.

Ahora bien, el dinero se transfiere directamente a la cuenta del asegurado para que lo use con total libertad y no sustituye a la baja médica: el parte oficial expedido por el médico del sistema público de salud (o mutua) sigue siendo estrictamente obligatorio para poder tramitar el cobro.

Por otro lado, el pago final dependerá de las condiciones de tu póliza: el seguro se cobrará según los días de baja real (restando los días de franquicia si la hubiera) o mediante un baremo fijo estipulado por tipo de lesión y no cubrirá enfermedades preexistentes a la firma del contrato ni bajas ocurridas dentro del periodo de carencia inicial.

Seguro de baja laboral e incapacidad temporal: ¿es lo mismo?

Sí, en la práctica. Las aseguradoras lo llaman «seguro de incapacidad temporal», «ILT» o «indemnización por baja». AXA, por ejemplo, lo denomina seguro de incapacidad laboral temporal, mientras que Mapfre lo ofrece como seguro de indemnización por incapacidad.

Diferencia entre la prestación pública y el seguro privado

Prestación de la Seguridad Social frente a seguro de baja laboral

Prestación de la Seguridad Social Seguro de baja laboral privado
Quién lo paga La empresa, el INSS o la mutua, según el día de baja La aseguradora
Cuánto cobras Un porcentaje de tu base reguladora, no todo el sueldo La cantidad que hayas contratado
Cuándo empieza Desde el día 4 en baja por enfermedad común Desde el primer día o tras la franquicia que elijas
Cómo se contrata Es un derecho si cumples los requisitos Hay que contratarlo y pagar una prima
Compatibilidad Se cobra siempre que cumplas los requisitos Se suma a la prestación pública

¿Cuánto cubre la Seguridad Social durante una baja?

En una baja por enfermedad común o accidente no laboral, la Seguridad Social abona el 60% de la base reguladora del día 4 al 20 y el 75% a partir del día 21. En un accidente de trabajo o enfermedad profesional, el 75% desde el día siguiente. La base reguladora es, en general, la base de cotización del mes anterior dividida entre 30.

Qué paga la Seguridad Social en una baja

Situación Días Cuánto cobras Quién paga
Enfermedad común o accidente no laboral 1 a 3 Nada, salvo que el convenio lo mejore Nadie, salvo mejora del convenio
Enfermedad común o accidente no laboral 4 a 15 60 % de la base reguladora La empresa
Enfermedad común o accidente no laboral 16 a 20 60 % de la base reguladora El INSS o la mutua
Enfermedad común o accidente no laboral Desde el 21 75 % de la base reguladora El INSS o la mutua
Accidente de trabajo o enfermedad profesional Desde el día siguiente 75 % de la base reguladora La mutua o el INSS; el día del accidente lo paga la empresa

La duración máxima de la baja es de 365 días, ampliables otros 180 si se espera la recuperación. Si quieres más información al respecto, puedes echar un vistazo a nuestras guías sobre la baja laboral y sobre cuánto se cobra en una baja por accidente laboral.

¿Quién paga el seguro de un trabajador de baja?

La prestación pública la paga la empresa del día 4 al 15 y, desde el día 16, el INSS o la mutua, aunque la empresa puede adelantarla mediante pago delegado. El seguro privado de baja, en cambio, lo paga la persona que lo contrata o la empresa si lo incluye como beneficio para su plantilla.

Por ejemplo, si cotizas por una base de 2.400 euros al mes, tu base reguladora diaria es de 80 euros. Del día 4 al 20 cobrarías 48 euros al día (el 60%) y desde el día 21, 60 euros (el 75%). Es decir, dejas de ingresar entre 20 y 32 euros diarios respecto a tu sueldo, además de los tres primeros días, que pueden quedar sin cubrir. Esa es la diferencia que pretende cubrir un seguro de baja.

¿Qué cubre un seguro de baja laboral?

Aunque cada asegura define su póliza, estas son las coberturas que suelen incluirse o poder contratarse:

  • Incapacidad temporal: la indemnización por no poder trabajar, que es la cobertura básica.
  • Hospitalización: un importe por cada día de ingreso.
  • Parto: una indemnización vinculada a la renta diaria contratada.
  • Opcionales: asistencia médica por accidente, invalidez permanente absoluta, intervención quirúrgica o cirugía ocular, según la compañía.

Cómo se calcula la indemnización

Depende del tipo de cobertura. En la modalidad por días reales, se cobra el capital diario por cada día de baja una vez superada la franquicia. En la modalidad con baremo, la aseguradora asigna a cada patología un número de días fijo y abona ese importe, aunque la baja dure más o menos.

Para ver la diferencia entre las dos modalidades, imagina una baja por enfermedad de 20 días:

  • Por días reales: con un capital de 50 euros al día y una franquicia de 3 días, cobras desde el cuarto día. Son 17 días indemnizados, es decir, 850 euros.
  • Con baremo: si la patología tiene asignados 20 días en el baremo de la póliza y el capital es de 60 euros al día, la indemnización es de 1.200 euros. Es una cantidad fija, aunque la baja acabe durando más o menos días.

En la primera modalidad se cobra según la duración de la baja, descontada la franquicia. En la segunda se paga siempre lo mismo por la misma patología, por lo que puede ser más favorable en bajas cortas y menos en las largas.

Qué no suele cubrir un seguro de baja laboral

Aunque condiciones generales de cada póliza son diferentes entre aseguradoras, estas son algunas de las limitaciones más comunes:

  • Carencia por enfermedad: de 3 a 6 meses según la póliza, mientras que la de accidente suele cubrir desde el primer día.
  • Dolores no objetivables: máximo de 10 días.
  • Vértigos no objetivables: máximo de 4 días.
  • Patología dental: máximo de 2 días.
  • Trastornos mentales o psicosomáticos con ingreso: máximo de 10 días.

Seguro de baja laboral según tu situación

La situación laboral determina qué cubre la Seguridad Social y qué queda al descubierto durante una baja. No es el mismo escenario para un empleado que para un trabajador por cuenta propia.

Seguro de baja laboral para autónomos

Los autónomos concentran buena parte de la promoción de estos seguros. Un autónomo cobra la prestación por enfermedad común desde el día 4, con el 60% de su base de cotización hasta el día 20 y el 75% desde el 21necesita haber cotizado al menos 180 días en los últimos cinco años y estar al corriente de pago. Eso sí, como la base de cotización de muchos autónomos es inferior a lo que realmente ingresan, la diferencia puede ser mayor que en un asalariado.

En cuanto a la posibilidad de deducción, la AEAT fija un límite general de 500 euros por persona y año (para el propio autónomo, su cónyuge y sus hijos menores de 25 años que convivan con él; este límite sube a 1.500 euros si tienen discapacidad). Si la prima anual supera esa cantidad, solo podrás deducir hasta el tope máximo

Seguro de baja laboral para asalariados

En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, el primer paso es consultar el convenio colectivo. Son muchos los que mejoran la prestación, pagan los primeros días o completan hasta el 100% del sueldo. Si el tuyo no recoge esas mejoras, un seguro privado puede cubrir los tres primeros días sin prestación y la diferencia con tu salario.

Seguro de baja laboral para empresas

Una baja también cuesta dinero a la empresa. Además de seguir pagando las cotizaciones a la Seguridad Social durante la baja, debe asumir la sustitución o la reorganización del trabajo. Para amortiguar ese gasto, puede mejorar la prestación pagando la diferencia hasta un porcentaje del sueldo, como hacen algunos convenios, o contratar una póliza colectiva con una aseguradora, cuyas condiciones dependen de cada compañía.

Comparativa de seguros de baja laboral

Las condiciones de un seguro de baja laboral cambian bastante de una compañía a otra. Para que veas el rango de lo que hay en el mercado, hemos recogido lo que cada aseguradora publica en su web sobre cómo indemniza, cuánto y con qué franquicias y carencias.

Comparativa de seguros de baja laboral: qué publican las aseguradoras

Aseguradora Cómo indemniza Importe Franquicia y carencia Fuente
Mapfre (Indemnización Esencial) Por baremo, en un único pago el primer día de baja Entre 6 y 30 euros al día, a elegir Sin franquicia en la indemnización por baremo. No pide reconocimiento médico previo Mapfre
Mapfre (Baja laboral para autónomos) Indemnización diaria por incapacidad temporal total, con protección de pagos opcional La página no indica el importe Sin carencia en accidente. La de enfermedad se remite a las condiciones generales Mapfre
AXA (Incapacidad laboral temporal) Por baremo, según la patología 20 euros al día online. Entre 30 y 200 euros con un agente No menciona franquicia ni carencias. Reembolsa primas hasta 6 meses en desempleo o incapacidad temporal AXA
Previsión Mallorquina (Baja laboral autónomos) Subsidio diario con tres niveles 33, 50 o 67 euros al día, con primas desde 30, 45 y 60 euros al mes Franquicia opcional, sin importes publicados. No indica carencia Previsión Mallorquina
Mutua Tinerfeña (Incapacidad laboral temporal) Indemnización por días naturales, hasta 365 días por proceso Hasta 400 euros al día Franquicias voluntarias. Sin carencias en enfermedad o accidente Mutua Tinerfeña
Allianz (Protección Autónomos) Incapacidad temporal baremada, con ampliaciones de 30 y 365 días No se publica Carencia de 60 días en enfermedad y ninguna en accidente. No menciona franquicia NTWRK (agencia Allianz)
Caser (Previcaser XXI) Subsidio diario por incapacidad temporal, hasta un año No se publica No se publican DonAutónomo (correduría)

¿Cuánto cuesta un seguro de baja laboral?

No hay un precio único y casi ninguna aseguradora publica la prima. La excepción que hemos encontrado es Previsión Mallorquina, que indica primas desde 30 euros al mes para 33 euros diarios, 45 euros para 50 y 60 euros para 67. El precio depende de estos factores:

  • El capital diario que contrates: cuanto más cobres al día, más pagarás.
  • La franquicia: una franquicia larga abarata la prima, mientras que una más corta la encarece.
  • La modalidad: con baremo o por días reales.
  • Las coberturas que añadas, como hospitalización o invalidez.
  • La edad y la profesión: las aseguradoras aplican tarifas distintas según el riesgo.

Cómo contratar un seguro de baja laboral

01

Calcula tu necesidad: compara lo que cobrarías de la Seguridad Social con tus gastos fijos mensuales para saber qué diferencia quieres cubrir

02

Revisa lo que ya tienes: mira si tu convenio mejora la prestación y si tu empresa ofrece algún seguro o beneficio parecido

03

Elige capital diario y franquicia: pon el capital en la diferencia que calculaste y decide cuántos días puedes aguantar sin cobrar

04

Compara pólizas: pide presupuesto a varias aseguradoras o a una correduría y fíjate en la modalidad, las carencias y las exclusiones

05

Declara bien tu profesión y tu estado de salud: los datos incorrectos pueden dar problemas al reclamar

06

Conserva la documentación: guarda el parte de baja y las condiciones de la póliza, porque tendrás que aportarlos al reclamar

Cómo proteger a la plantilla desde la empresa

¿Qué puede hacer una empresa además de contratar un seguro de baja? La salud del equipo también se cuida con otros beneficios, como el seguro de salud, que las empresas pueden ofrecer desde la nómina con retribución flexible. Al igual que otros productos, el pago está exento de IRPF hasta 500 euros por persona asegurada. Tienes más detalles en nuestras guías sobre seguro médico con retribución flexible y seguro de vida colectivo.

Además, Coverflex opera como correduría de seguros, por lo que cada empleado puede elegir la aseguradora y póliza que más le convenga a través de una sencilla aplicación. Puedes ver cómo funciona en la página de seguro de salud con Coverflex. Estos productos no sustituyen a un seguro de baja, pero ayudan a que el equipo esté más protegido.

Preguntas frecuentes sobre el seguro de baja laboral

¿Cuánto cuesta un seguro de baja laboral?

Depende del capital diario, la franquicia, la modalidad, las coberturas, la edad y la profesión. Casi ninguna aseguradora publica la prima, así que lo habitual es pedir presupuesto. Previsión Mallorquina indica primas desde 30 euros al mes para un capital diario de 33 euros.

¿Quién paga el seguro de un trabajador de baja?

La prestación pública la paga la empresa del día 4 al 15 y, desde el día 16, el INSS o la mutua. El seguro privado de baja lo paga quien lo contrata: la propia persona o la empresa.

¿Cuánto le cuesta a una empresa un trabajador de baja?

Paga el 60 % de la base reguladora del día 4 al 15, sigue cotizando durante la baja y puede asumir costes de sustitución o mejoras del convenio. Con una base de 2.400 euros, la prestación de esos días es de 576 euros.

¿Qué cubre el seguro laboral?

Un seguro de baja laboral suele cubrir la incapacidad temporal y, de forma opcional, la hospitalización, el parto o la invalidez. Cada póliza tiene sus exclusiones y carencias, así que hay que leer las condiciones.

¿El seguro de baja laboral es compatible con la prestación de la Seguridad Social?

Sí. Según PolizaMedica, la indemnización del seguro se suma a la prestación pública.

¿Los autónomos pueden deducirse el seguro de baja laboral?

Las aseguradoras indican que hasta 500 euros en estimación directa, pero la Agencia Tributaria regula esa deducción para seguros de enfermedad. Confírmalo con tu asesor fiscal.

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