Madre y padre tienen el mismo permiso de lactancia y, desde mayo de 2024, cualquiera de los dos puede acumularlo en jornadas completas sin que lo recoja previamente el convenio colectivo. Aún con todo, sigue siendo una de las medidas de conciliación que más dudas genera, sobre todo a la hora de calcular los días.
En este artículo te explicamos cuánto dura el permiso, cómo se calcula la lactancia acumulada, qué cambió con la reforma de 2024 y cómo solicitarlo, con un modelo de solicitud para adaptar.
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¿Qué es el permiso de lactancia?
Es un derecho laboral que permite compaginar el trabajo con el cuidado del bebé una vez terminada la baja por nacimiento. Se reconoce en casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento y se aplica a todo el permiso de lactancia en España, con independencia del sector.
Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre el permiso de lactancia
El artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores reconoce a las personas trabajadoras el derecho a “una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones”, “para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses”.
Quien ejerza este derecho “por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora” o acumularlo en jornadas completas. Si ambas personas progenitoras lo ejercen, “el periodo de disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses”.
¿Es un permiso retribuido?
Sí. Hasta que el bebé cumple nueve meses, la empresa mantiene el salario durante la hora de ausencia. A partir de los nueve meses, si se prolonga hasta los doce, el salario se reduce de forma proporcional. Esa reducción puede compensarse posteriormente prestación de la Seguridad Social mediante, como veremos en próximos apartados.
¿Quién puede disfrutar del permiso de lactancia?
Es un derecho individual de cada persona trabajadora y no se puede transferir a la otra. Se reconoce a progenitores biológicos, adoptantes, guardadores con fines de adopción y acogedores.
Permiso de lactancia para el padre
El permiso de lactancia para el padre es idéntico al de la madre: misma duración y mismas modalidades. Al ser un derecho propio, el padre puede disfrutarlo aunque la madre no trabaje y ambos pueden hacerlo a la vez.
Qué pasa si los dos progenitores trabajan en la misma empresa
Si dos personas de la misma empresa ejercen el derecho por el mismo bebé, la empresa puede limitar que lo hagan al mismo tiempo. Solo puede hacerlo por razones objetivas, motivadas por escrito y tiene que ofrecer un plan alternativo que permita a ambos disfrutarlo.
¿Cuánto dura el permiso de lactancia?
La duración general es de nueve meses, con una ampliación posible hasta los doce. El tiempo se cuenta desde que el progenitor se reincorpora al trabajo tras el permiso por nacimiento.
Hasta los 9 meses del bebé
Durante este tramo se tiene derecho a una hora de ausencia al día, que se puede repartir en dos fracciones de media hora. Esta es la respuesta a cuántas horas son de lactancia en el trabajo: una hora diaria por hijo o su equivalente en reducción o acumulación.
Ampliación hasta los 12 meses
Para llegar a los doce meses, los dos progenitores tienen que ejercer el permiso con la misma duración y el mismo régimen. Desde el noveno mes, el salario se reduce de forma proporcional a la jornada que se deja de trabajar.
Permiso de lactancia en partos múltiples
En nacimientos y adopciones múltiples, el permiso aumenta de forma proporcional: por ejemplo, dos horas diarias en el caso de gemelos.
Modalidades para disfrutar el permiso de lactancia
Tres son las formas de disfrutarlo y el solicitante debe decidir a cuál acogerse. En todas, el límite temporal es el mismo.
Permiso de lactancia acumulado en jornadas completas
El permiso de lactancia acumulado permite juntar todas las horas diarias de lactancia y disfrutarlas de una vez, normalmente justo después de la baja por nacimiento. Desde el 23 de mayo de 2024, hasta los nueve meses del bebé se puede pedir sin que el convenio colectivo o un pacto con la empresa lo recojan antes. Si un convenio mejora la ley, por ejemplo ampliando el permiso, puede fijar condiciones propias para esa parte que mejora.
¿Cuántos días corresponden por lactancia en 2026? Cómo se calcula
La ley no fija un número de días: el resultado depende de la fecha de reincorporación y del calendario laboral de cada persona. El cálculo es este: se cuentan los días laborables entre la reincorporación y el noveno mes del bebé, se multiplican por una hora y se divide el total entre las horas de la jornada diaria.
Los dos ejemplos son los de la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de noviembre de 2023. En tu caso, los días laborables varían según la fecha de reincorporación y el calendario laboral.
Lactancia acumulada con jornada parcial
En la misma sentencia, el Supremo concluyó que una persona a tiempo parcial no puede recibir peor trato que una a tiempo completo. El total de horas es el mismo; lo que cambia es el divisor: con 4 horas diarias, las mismas 113 horas dan unos 28,25 días.
Quien trabaja menos horas al día obtiene, por tanto, más días de permiso de lactancia acumulado, aunque el total de horas sea idéntico. Si quieres repasar cómo funciona este tipo de jornada, tienes la guía sobre el contrato a tiempo parcial en nuestro blog.
¿Son días naturales o laborables?
Cuentan los días laborables de la persona trabajadora. No se computan festivos ni días de descanso semanal, porque en esas fechas no hay obligación de trabajar.
Lactancia acumulada y vacaciones
Para el cálculo se parte de los días laborables sin festivos ni vacaciones, así que las vacaciones no generan horas de lactancia. Si el bloque acumulado coincide con las vacaciones, estas se disfrutan después, salvo que el convenio indique otra cosa.
¿Cómo funciona el nuevo permiso de lactancia?
Cuando se habla del nuevo permiso de lactancia se hace referencia a la reforma del artículo 37.4 por el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, en vigor desde el 23 de mayo de 2024. Estos son sus puntos principales:
Esta reforma retoma lo que ya había intentado el Real Decreto-ley 7/2023, de diciembre de 2023, que el Congreso no convalidó el 10 de enero de 2024.
¿Cuándo se puede disfrutar el permiso de lactancia?
El permiso empieza cuando el progenitor se reincorpora al trabajo tras la baja por nacimiento y se extiende hasta que el bebé cumple nueve meses (o doce, si lo ejercen los dos). Esto vale tanto para el permiso de paternidad y lactancia como para el de maternidad y lactancia: se trata de derechos distintos que se disfrutan en momentos diferentes.
Según la STS 224/2020, de 10 de marzo, el padre puede acumular la lactancia desde que termina su propio permiso por nacimiento, sin depender de cuándo acabe el de la madre.
¿Cómo se solicita el permiso de lactancia a la empresa?
El artículo 37.7 del Estatuto de los Trabajadores exige avisar con antelación a la empresa. El plazo es de quince días o el que fije el convenio colectivo, salvo en casos de fuerza mayor.
¿Cómo se solicitan los 15 días de lactancia?
Aquí se están confundiendo dos cifras diferentes. Los 15 días de antelación corresponden al preaviso que se entrega a la empresa. Los "15 días" de lactancia, en cambio, son el resultado aproximado de acumular el permiso con una jornada de 8 horas, como en el ejemplo anterior. Se solicitan igual que cualquier modalidad: por escrito y con el preaviso correspondiente.
¿Puede la empresa denegar el permiso de lactancia?
Hasta los nueve meses, la acumulación es un derecho de la persona trabajadora y la empresa no puede negarla. Lo que sí puede hacer es limitar el disfrute simultáneo si los dos progenitores trabajan en ella, por razones objetivas y por escrito.
En el tramo que los convenios mejoran (por ejemplo, entre los 9 y los 12 meses), la Audiencia Nacional ha admitido que el convenio condicione los términos concretos a un acuerdo con la empresa.
Modelo de solicitud del permiso de lactancia
Si prefieres partir de un escrito ya redactado, aquí tienes dos modelos de solicitud: uno para el permiso en horas o media jornada y otro para el permiso de lactancia acumulado.
¿Es compatible el permiso de lactancia con otros permisos?
Sí, se puede combinar con la reducción de jornada por cuidado de hijos. También es compatible con otras medidas de conciliación, como la excedencia por cuidado de hijos, siempre que no se solapen en el mismo periodo. Si quieres ver el conjunto de opciones, tienes la guía de conciliación familiar en el trabajo.
Prestación de la Seguridad Social por el cuidado del lactante
Entre los 9 y los 12 meses del bebé existe una prestación económica por el ejercicio corresponsable del cuidado del lactante. Es un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora de la incapacidad temporal por contingencias comunes, en proporción a la reducción de jornada.
Los requisitos principales son que ambos progenitores trabajen, que no sean empleados públicos y que la prestación solo se reconozca a uno de ellos. Se gestiona a través del INSS.
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