n contrato de trabajo es el acuerdo mediante el cual una persona presta sus servicios bajo la dirección de una empresa, a cambio de un salario. Es el documento que formaliza la relación laboral y establece los derechos y obligaciones de ambas partes.
En este artículo encontrarás qué elementos definen un contrato de trabajo, los tipos que existen en España tras la reforma laboral, qué información tiene que incluir y qué derechos y obligaciones genera para empresas y personas trabajadoras.
¿Qué es un contrato de trabajo?
Un contrato de trabajo es un acuerdo entre una persona y una empresa por el cual la primera presta sus servicios bajo la dirección de la segunda, a cambio de un salario.
En otras palabras, es el documento que formaliza la relación laboral y establece las reglas del juego para ambas partes.
Ahora bien, no cualquier acuerdo para trabajar se considera un contrato de trabajo. Para que exista esta figura legal, tienen que cumplirse cuatro elementos que lo diferencian de otras relaciones profesionales como ser autónomo o tener una beca:
- Voluntariedad: Las dos partes acuerdan la relación libremente, sin coacción.
- Dependencia: La persona trabajadora sigue las instrucciones de la empresa sobre cómo, cuándo y dónde realizar el trabajo.
- Ajenidad: La empresa asume los riesgos económicos del negocio. Si hay pérdidas, la persona empleada sigue cobrando su salario.
- Retribución: A cambio del trabajo, la empresa paga un salario periódico, independientemente de los resultados comerciales.
El marco legal que regula los contratos de trabajo en España es el Estatuto de los Trabajadores, actualizado tras la reforma laboral de 2022.
Tipos de contrato de trabajo en España
La legislación española reconoce cuatro categorías principales de contrato de trabajo. Desde la reforma laboral de 2022, el contrato indefinido se ha convertido en la modalidad preferente, mientras que los contratos temporales solo pueden utilizarse en situaciones muy concretas y justificadas.
Contrato de trabajo indefinido
El contrato indefinido no establece una fecha de finalización. Es, por decirlo de alguna manera, el contrato "estándar" que proporciona la máxima estabilidad laboral.
Dentro de esta categoría existen algunas variantes según las características de la jornada o las circunstancias de la contratación:
- Indefinido ordinario a tiempo completo: La modalidad más habitual, con una jornada de hasta 40 horas semanales (salvo que el convenio colectivo establezca otra cosa).
- Indefinido a tiempo parcial: Contempla una jornada inferior a la completa, lo que permite compatibilizar el empleo con otras actividades.
- Indefinido con bonificación: La empresa puede beneficiarse de reducciones en las cotizaciones a la Seguridad Social cuando contrata a colectivos específicos como personas desempleadas de larga duración, jóvenes menores de 30 años o mayores de 52 años.
Contrato de trabajo fijo discontinuo
El contrato fijo discontinuo es una modalidad de contrato indefinido diseñada para trabajos que se repiten en fechas concretas pero no se realizan de forma continuada durante todo el año.
Aunque muchas personas lo confunden con un contrato temporal, en realidad es indefinido, solo que contempla periodos de inactividad laboral.
Si quieres profundizar en cómo funciona, te lo explicamos con detalle en nuestra guía sobre el contrato fijo discontinuo.
La reforma laboral de 2022 amplió bastante el ámbito de aplicación del contrato fijo discontinuo. Actualmente se utiliza para dos situaciones:
- Trabajos de naturaleza estacional o vinculados a temporadas: Típicos de sectores como la hostelería en zonas turísticas, la agricultura de recolección o el comercio en campañas navideñas.
- Trabajos que no se repiten en fechas ciertas pero sí de forma intermitente: Como el personal de eventos, servicios de catering ocasionales o trabajos vinculados a proyectos específicos pero recurrentes.
Contrato de trabajo de duración determinada o contrato temporal
El contrato de duración determinada o contrato temporal solo puede celebrarse cuando existe una causa objetiva que justifique la temporalidad.
La reforma laboral redujo drásticamente las posibilidades de usar esta modalidad, estableciendo únicamente dos supuestos legítimos:
- Por circunstancias de la producción: Cuando la empresa experimenta un aumento ocasional e imprevisible de trabajo que no puede atenderse con la plantilla habitual. La duración máxima es de seis meses, ampliable por convenio colectivo hasta un año.
- Por sustitución de persona trabajadora: Cuando se contrata a alguien para cubrir temporalmente el puesto de otra persona con derecho a reserva del mismo (por ejemplo, durante una baja por maternidad o una excedencia).
La ley establece límites claros para evitar el encadenamiento abusivo de contratos temporales. Si una persona encadena contratos temporales durante más de 18 meses en un periodo de 24 meses para las mismas funciones, el contrato se convierte automáticamente en indefinido.
Dos figuras específicas merecen mención: el contrato de interinidad (ahora integrado en la figura de sustitución) que cubre vacantes durante procesos de selección, y el contrato de relevo que permite la contratación parcial de una persona mientras otra reduce su jornada por jubilación anticipada.
Contratos formativos de trabajo
Los contratos formativos están diseñados para facilitar la incorporación de personas jóvenes o sin experiencia al mercado laboral, combinando trabajo efectivo con formación. Existen dos modalidades diferenciadas:
- Contrato de formación en alternancia: Dirigido a personas de entre 16 y 30 años sin cualificación profesional, permite obtener una formación mientras se trabaja. La jornada laboral efectiva no puede superar el 65% durante el primer año ni el 85% durante el segundo, reservando el resto del tiempo a la formación teórica. La duración va de tres meses a dos años.
- Contrato en prácticas: Pensado para personas con titulación universitaria o técnica de FP que necesitan adquirir experiencia práctica en su campo de estudio. Puede celebrarse dentro de los tres años siguientes a la finalización de los estudios, o cinco años en el caso de personas con discapacidad. La duración oscila entre seis meses y un año.
Contenido mínimo que debe incluir un contrato de trabajo
La mayoría de contratos de trabajo tienen que formalizarse por escrito. Es obligatorio el contrato escrito en los casos de contratos indefinidos, temporales de duración superior a cuatro semanas, contratos formativos, contratos a tiempo parcial y contratos fijos discontinuos.
Un detalle importante: si no se formaliza por escrito cuando es obligatorio, la ley presume que el contrato es indefinido y a jornada completa.
Derechos y obligaciones derivados del contrato de trabajo
Firmar un contrato de trabajo genera automáticamente una serie de derechos y obligaciones para ambas partes, regulados por el Estatuto de los Trabajadores y por los convenios colectivos aplicables.
Derechos básicos de la persona trabajadora
La legislación española protege una serie de derechos fundamentales que toda persona trabajadora disfruta por el hecho de tener un contrato:
- Remuneración puntual: Derecho a recibir el salario acordado en las fechas establecidas, nunca inferior al SMI proporcional a la jornada.
- Descansos y vacaciones: Derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio ininterrumpido, acumulable por periodos de hasta catorce días, y 30 días naturales de vacaciones anuales retribuidas.
- Seguridad Social: Derecho a estar dado de alta desde el primer día de trabajo, con cobertura por enfermedad, accidente, desempleo y jubilación.
- No discriminación: Derecho a no sufrir discriminación por razón de género, edad, origen, orientación sexual o cualquier otra condición personal.
Obligaciones de la persona trabajadora en el contrato laboral
A cambio de sus derechos, la persona trabajadora asume responsabilidades:
- Cumplir las órdenes e instrucciones: Realizar el trabajo bajo la dirección de la empresa, siguiendo las indicaciones técnicas y organizativas.
- Diligencia y buena fe: Desarrollar el trabajo con el rendimiento exigible según las capacidades profesionales.
- Cumplir horarios y jornada: Respetar puntualmente el horario de trabajo establecido, justificando las ausencias o retrasos.
- Confidencialidad: No divulgar información confidencial de la empresa.
Obligaciones de la empresa en la contratación laboral
La empresa también asume obligaciones legales importantes:
- Pagar el salario puntualmente: Abonar la retribución acordada en las fechas establecidas, proporcionando una nómina detallada.
- Alta en Seguridad Social: Registrar a la persona trabajadora desde el primer día.
- Seguridad y salud laboral: Garantizar condiciones de trabajo seguras, evaluar riesgos y proporcionar equipos de protección si son necesarios.
- Facilitar conciliación: Respetar los derechos de conciliación de la vida laboral y familiar, como permisos por nacimiento o cuidado de familiares.
















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