Importante: Este cálculo es orientativo. Los convenios colectivos pueden establecer condiciones más favorables. En caso de finiquito, se pagan las vacaciones no disfrutadas.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas vacaciones me corresponden?
Por ley te corresponden como mínimo 30 días naturales por año trabajado (artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores), lo que equivale a unos 22 días laborables. Tu convenio colectivo puede mejorar ese mínimo, pero nunca reducirlo. Si no has trabajado el año completo, se calcula de forma proporcional: 2,5 días naturales por cada mes trabajado.
¿Cuántos dias de vacaciones son por mes trabajado?
Se generan 2,5 días naturales por cada mes trabajado (30 días ÷ 12 meses). Si tu convenio calcula las vacaciones en días laborables, equivale a 1,8 días laborables por mes. Así, por ejemplo, a los 6 meses habrás generado 15 días naturales.
¿Tengo derecho a vacaciones si llevo 3 meses trabajando?
Sí. Las vacaciones se van generando desde el primer día, de forma proporcional al tiempo trabajado. Con 3 meses habrás generado unos 7,5 días naturales (2,5 días por mes). El disfrute se acuerda con la empresa, pero el derecho existe desde que empiezas.
¿Puede la empresa elegir 15 días de mis vacaciones?
No de forma automática. Es un mito muy extendido, pero no es cierto que el trabajador elija la mitad de las vacaciones y la empresa la otra mitad; no aparece en ninguna ley. Según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, las fechas se fijan de común acuerdo entre empresa y trabajador: ni la empresa puede imponerlas unilateralmente, ni el trabajador puede elegirlas sin negociar. La empresa solo podría fijar parte de tus vacaciones si así lo recoge tu convenio colectivo, y siempre avisándote con al menos 2 meses de antelación.